En defensa de la «Alta Comisión de Justicia», propuesta en la Reforma Constitucional
Intervención improvisada en las Jornadas de Revisión Constitucional Jóvito Villalba, en la sesión dedicada al Poder Judicial, realizada en el Parque Central, Caracas, 4 de octubre de 1991.
Es mucha la satisfacción que me ha causado esta sesión de hoy. En general, de todas las Jornadas «Jóvito Villalba», porque han constituido ocasión para una serie de planteamientos, de expresiones y de informaciones de gran importancia para el país. Comparto el sentimiento de José Antonio Cova, porque no están presentes aquí en mayor número Senadores y Diputados. La fracción de un partido político de los mayoritarios en el país tiene excusa, porque se está celebrando hoy su Convención Nacional, y de todas maneras, el Presidente del Congreso, que es un miembro destacado de esa organización política, ha participado activamente en las labores de la Comisión Bicameral y estuvo presente en el acto de instalación de estas Jornadas.
Estoy muy satisfecho, porque a partir de las intervenciones de los tres Pedros (oímos a Pedro Pablo Aguilar, Pedro Alid Zoppi y a Pedro Miguel Reyes) iniciando las labores de hoy, se han hecho una serie de planteamientos que, si no estoy equivocado, suponen un respaldo moral importante a lo fundamental de la labor que está cumpliendo la Comisión Bicameral en aquella área tan delicada e importante como lo es la administración de justicia. El Presidente de la Corte, quien por cierto ha hecho una serie de consideraciones de las cuales me voy a aprovechar para responder algunas de las preguntas que han sido formuladas, y el Presidente del Consejo de la Judicatura también en su muy importante intervención, han dado respaldo fundamental a la idea de este organismo al que hemos denominado Alta Comisión de Justicia: un organismo extraordinario que no tenga carácter de una instancia más dentro del funcionamiento rutinario del Estado, sino una significación excepcional para atender problemas excepcionales, en circunstancias excepcionales.
Comprendo el motivo de la crítica del Dr. Pedro Miguel Reyes a la expresión «Alta Comisión de Justicia», compartida por cierto por el Dr. Octavio Andrade Delgado, a quien mucho aprecio y quien en su calificada intervención se mostró como un «revolucionario conservador», porque pertenece a un partido político que mantiene una posición muy revolucionaria en el país, pero su exposición estuvo apegada a una serie de formas frente a las cuales tenemos que insurgir, porque la situación del país no se va a resolver con fórmulas tradicionales sino que requiere firme decisión y cierta audacia para enfrentarla.
«Alta Comisión de Justicia» ¿por qué?, porque si decimos «Comisión Nacional de Justicia» damos la idea de una Comisión más: Comisión Nacional de Abastecimiento, Comisión Nacional de Cultura, Comisión Nacional contra el Uso Indebido de las Drogas, Comisión Nacional… etcétera. «Alta Comisión de Justicia» puede darle un significado distinto, para que no aparezca dentro de esta cantidad de comisiones.
Les confieso que anduve buscando sobre todo en el léxico bolivariano una denominación para este cuerpo, pero no lo encontré adaptado a las circunstancias actuales. La «Cámara de Censores» del Libertador o el «Aerópago» que planteaba en sus proyectos de Constitución de Angostura o de Bolivia, serían hoy denominaciones muy extrañas dentro de la manera de ser nuestra actual, dentro del mundo actual y, por eso, si saliéramos proponiendo un «Aerópago», o proponiendo una «Cámara de Censores», evidentemente tendríamos un rechazo automático de las nuevas generaciones. Buscando nombres (a ver si a alguien se le ocurre uno mejor, indudablemente que lo consideraríamos con gusto en la Comisión Bicameral) llegamos, simplemente, a que se trataba de una Comisión, una Comisión de Justicia, porque se refiere a la administración de justicia, pero no una Comisión cualquiera, y por eso este calificativo de «Alta», que a mí me parece la distingue de este mar de Comisiones Nacionales que posiblemente pasen de un centenar (no vale la pena averiguar cuántas existen en el país), pero este organismo pretende ser un organismo, como dije, de naturaleza excepcional.
Ya todos hablan de «proceso» cuando se ordena o se resuelve la remoción de un funcionario o magistrado (por cierto, me pareció muy pertinente la observación del Dr. Pedro Miguel Reyes de que no deben ser solamente jueces y magistrados los que pueda remover, sino que deben incluirse allí otros funcionarios del orden judicial y que deberíamos considerar en una forma más amplia en este sentido la potestad de la Comisión). Ahora, la Comisión no realiza un juicio, no dicta una sentencia, no instruye un proceso: toma una medida de carácter administrativo, remueve a un funcionario así, simplemente.
Y yo les pregunto a ustedes que oyeron –como yo lo hice- con mucha atención la intervención del Dr. Pedro Alid Zoppi, quien se refirió a jueces o magistrados que beben muchos tragos de whisky, que se reúnen con personalidades corruptas, que tienen vinculaciones visiblemente estrechas con gente desacreditada, objeciones contra su moral, contra su dignidad, contra su calidad humana, ¿creen acaso que a un juez que sea generalmente considerado inadecuado para su alta función, se le puede remover a través de un proceso judicial, levantándole un sumario, formulándole cargos, realizando todo lo que supone ese proceso judicial? El Consejo de la Judicatura ha removido jueces reconocidamente corruptos en el estamento jurídico y la Corte Suprema de Justicia, no por complicidad con los condenados, digamos con los removidos, sino por apego a las formalidades jurídicas, ha dictado sentencias ordenando la reposición de esos funcionarios y el pago de los sueldos durante todo el tiempo en que estuvieron fuera del cargo. Este es un hecho que pueden perfectamente verificar a través del Consejo de la Judicatura. Iríamos a caer en lo mismo. No vale la pena. Para eso deberíamos simplemente decir que el mal no tiene remedio y dejar que marchen las cosas como puedan, o como sean.
Se siente la necesidad de que alguien fuera de un proceso formalista pueda ser removido en virtud de la convicción general de que no está calificado para el cargo. Creo que muchos compartirán conmigo el criterio de que generalmente los funcionarios más corruptos son los más hábiles y no dejan huellas comprobables procesalmente de sus fechorías. Generalmente se sanciona a los menos culpables, porque éstos no son suficientemente hábiles para cumplir, para llenar las planillas debidamente, para cuidar las formalidades, y entonces son castigados, pero aquellos que todos sabemos que son corruptos, que comercian con la Magistratura Judicial, actúan de una manera impune, de una forma que ofende la conciencia jurídica. Éstos se la saben todas, y si alguna vez las dejan, tienen suficiente poder para que quien pueda denunciarlos o testimoniar contra ellos se acobarde y no se atreva porque la represalia puede ser muy grave.
Aquí tenemos que colocarnos en una situación real de franqueza, de sinceridad: estamos convencidos de que hay hechos graves que aumentan y no es solamente la presión política sino la corrupción en todas sus formas la que tiende a invadir este órgano tan importante del país que es el órgano judicial. Si vamos a crear una Comisión, debe ser, a mi modo de ver, lo suficientemente heterogénea para que no se puedan crear cogollos que la manejen, para que no se puedan desvirtuar sus decisiones, para que la gente que la integre provenga de sectores tan diversos, tan diferentes, que no puedan ponerse de acuerdo sino sobre todas aquellas cosas en las que todo el mundo está de acuerdo. Ésta es la concepción que yo tengo de la «Alta Comisión de Justicia».
Algunos piensan que tiene que ser exclusivamente el estamento jurídico el que la integre. A este respecto tengo algunas consideraciones que hacer: una, que los que critican la integración heterogénea de la Alta Comisión de Justicia no se dan cuenta que actualmente a la Corte Suprema la elige el Congreso, y el Congreso está formado por una minoría de abogados. Está formado por médicos, por expertos petroleros, por periodistas, por dirigentes sindicales, por jóvenes, por una gran variedad de representantes de la sociedad en general, pero con la circunstancia de que han sido llevados por una tarjeta de color político y, en definitiva, no actúan por la representación propia que tienen sino porque pertenecen a una fracción política que les da una consigna que tienen que cumplir. La Alta Comisión de Justicia trataría de llevar representantes de la sociedad civil, pero que irían por su carácter de representantes de la sociedad civil, y no porque una tarjeta de color político los escoja. A este respecto, mi amigo el Dr. José Melich Orsini, Presidente del Colegio de Abogados del Distrito Federal, me observaba en una reunión que tuvimos con mucha ilusión, que todo se solucionaba estableciendo en el Congreso el voto secreto, y yo le respondí que se veía que él, que ha sido Embajador, que ha sido Decano, candidato al Rectorado de la Universidad, Presidente del Colegio de Abogados, no tenía experiencia parlamentaria.
Los que hemos sido parlamentarios, los que somos parlamentarios, sabemos que la votación secreta no resuelve nada, ni modifica nada. Cada vez que se plantea como objetivo una votación secreta parece que la votación se hace más partidista que antes, porque cada uno de los miembros del cuerpo se siente comprometido en conciencia con la fracción a que pertenece, aparte de que si va a escribir su voto tiene que ver si el que está al lado no lo está observando, o el que está del otro lado no se fija para ver por quién va a votar, o suponiendo que no lo vean y que pongan una cabina de votación, como en las mesas electorales en las votaciones generales, después puedan leer la boleta e identificar por quién votó. Esto no resuelve nada: hay que buscar otros mecanismos que puedan abstraer de la presión de los partidos políticos la elección que se va a realizar.
Ahora, ¿por qué de una decisión de la Alta Comisión de Justicia removiendo a un funcionario no se daría recurso alguno? Porque si no se asegura esto, el caso lo llevan a la Corte Suprema de Justicia y la Corte puede echar por tierra lo que haga la Comisión. Va a pasar exactamente lo que ha sucedido con las decisiones del Consejo de la Judicatura. Nadie pensó, estoy convencido de esto, cuando se legisló sobre el Consejo de la Judicatura (materia tan controvertida), que las decisiones disciplinarias del Consejo de la Judicatura iban a ir a la Corte Suprema de Justicia. Pero la Corte reclamó su poder, pues la Constitución dice, en una norma en la que yo fui proponente, que la Corte Suprema de Justicia es el más Alto Tribunal de la República y contra sus decisiones no se dará recurso alguno. Bueno, si no ponemos una disposición precautelativa para la Alta Comisión de Justicia, no haremos nada.
Ahora, ¿Qué no se va a dar lo que llaman derecho a defensa? Bueno, hay una ley orgánica que va a reglamentar esta materia. Eso de que diga mi querido amigo José Antonio Cova que la Alta Comisión de Justicia va a remover a un juez por chismes, ¡caramba!, no sería posible si se observa quiénes integran esa Comisión. Francamente, tiene que ser gente que tenga información. Los que no están directamente vinculados al problema tendrán que tener sus asesores, sus fuentes de información, que les den suficientes elementos de juicio para poder actuar. Si vamos a partir de la idea de que la Alta Comisión va a ser un cuerpo de gente irresponsable que se van a lanzar en decisiones absurdas, entonces yo sería el primero que diría que no vayamos a crear ese organismo.
Yo aspiro a que el organismo sea integrado, no por gente designada por las instituciones de la sociedad civil sino por sus propios dirigentes. Por ejemplo, en el caso de que el estamento empresarial tenga dos representantes (que son dos votos entre veinticuatro y yo hubiera querido que fueran dos votos entre cuarenta) no creo que convendría que ellos mandaran a dos tipos, a lo mejor a alguno de los empleados de su servicio jurídico para representarlos, porque ésos no van a tener la misma responsabilidad. Deben ser los propios directivos, tienen que ser, si van por Colegios de Abogados los presidentes de los Colegios de Abogados, si van por Decanatos de Derecho de las Universidades del país los Decanos de esas Facultades, es decir, que asuman la responsabilidad, que no la deleguen en cualquiera, porque entonces sí caeríamos en el peligro de que la Alta Comisión de Justicia se convierta en una Comisión cualquiera, de gente que empieza a negociar y a estar buscando algunas finalidades subalternas.
Esta es una concepción novedosa. Novedosa, es cierto, pero novedosa necesariamente a mi modo de ver. Yo la estuve meditando, y la llevé a la Comisión Bicameral, y al texto se le dieron ocho redacciones y se ha discutido mucho, pero el planteamiento fue el siguiente: nada ganaríamos con tratar de mejorar la administración de justicia y establecer que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia deben ser profesores que hayan publicado libros científicos. Esto no lograría nada y aunque lo lograra no convencería al país. La solución tiene que impactar. En estos días hemos caído en algunas afirmaciones preocupantes. Se ha llegado a decir que los jueces del gomecismo eran muy buenos. Es cierto que había profesores distinguidos, que había Magistrados, algunos de ellos honorables, pero al Dr. Juan José Abreu se le ocurrió dictarle un auto de detención a Eustoquio Gómez, por el asesinato del Gobernador Mataillas, y fue a la cárcel, no Eustoquio sino el Dr. Abreu. ¿Este es el modelo de administración de justicia que nos quieren traer los que están embelleciendo la imagen de la tiranía? Al Dr. Abreu lo vinimos a reivindicar después de la muerte de Gómez, cuando por consenso unánime se le nombró Procurador General de la Nación, pero fue un perseguido toda la vida por haberse atrevido a dictarle un auto de detención a un homicida.
Y en el tiempo de la dictadura del General Pérez Jiménez es cierto que un Ministro de Justicia fue un hombre honorable, apreciado en alto grado, el Dr. Luis Felipe Urbaneja, pero una cosa era la justicia común y otra cosa era la cuestión de los derechos humanos, de la política y de todo lo demás. El Ministro de Justicia se encontraba con un campo vedado en la materia política. A mí me tuvieron cuatro meses preso sin que nadie me pudiera visitar. Nunca lo alego, porque hubo quienes estuvieron presos muchos años, sufrieron mucho más y me parece que lo mío fue cosa de poca monta en relación a ellos. Pero lo digo para señalar que la última vez que me pusieron preso, mi mujer, angustiada, le pidió al Nuncio de Su Santidad el favor de averiguar si yo estaba vivo y no pudo verme porque la incomunicación era total. ¿Esta es la justicia que nosotros queremos resaltar? A mí me mortifica mucho esta actitud, porque cuando criticamos las fallas y los errores de la democracia caemos en el grave error de comenzar a embellecer y a exaltar los regímenes autocráticos como si fueran un modelo. Ello no tendría ninguna importancia si no fuera porque las nuevas generaciones, que no vivieron aquello, comienzan a idealizar la figura del dictador y se va ablandando en la conciencia la resistencia frente a los gobiernos de fuerza, porque pareciera que todo lo malo en Venezuela empezó por la democracia y que antes de la democracia todo era perfección.
Yo creo que tenemos que hacerle frente a esta situación pero con coraje y con mucha sinceridad. Hay, en relación a la Alta Comisión de Justicia unas cuantas observaciones. Lo de que habría un proceso ya lo he respondido: no sería un proceso, sencillamente se quiere que la Comisión actúe extraordinariamente; se reúne porque lo pide el Consejo de la Judicatura, lo que supone una situación grave que dentro de las circunstancias normales no se puede resolver, o porque lo pide el Fiscal General de la República, o porque lo pide una de las Cámaras Legislativas, para que estas comisiones de investigación que hacen las Cámaras y siempre quedan en nada tengan un destino. Si una de las Cámaras, después del informe de una Comisión Parlamentaria, encuentra que hay motivos para conocer de la conducta de un Magistrado o Juez, la Cámara (no la Comisión, para evitar la proliferación de peticiones) le pide al Fiscal General que convoque la Alta Comisión de Justicia, para que se reúna y dictamine sobre el particular.
Se dice que esta Alta Comisión de Justicia puede aumentar los gastos burocráticos: no, precisamente la Comisión estaría presidida por el Fiscal General de la República y tendría su apoyo en el Consejo de la Judicatura. Yo no creo, con todo el respeto y con toda la consideración que se merece la proposición del Dr. Pedro Miguel Reyes, que lograríamos el objetivo planteado integrando la Comisión con representación de la Corte, del Consejo de la Judicatura, del Fiscal, de una Comisión de la Cámara de Diputados. Esto, señores, no convencería a nadie, llevaría a la idea de que los cogollos políticos son los que van a decidir allí.
Cuando un grupo de notables, encabezado por un ilustre venezolano como el Dr. Arturo Uslar Pietri, y del cual forma parte José Antonio Cova, quien participó en esta Jornada de hoy, se dirige a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia pidiéndoles la renuncia, ¿qué es lo que está haciendo? ¿Es un saludo a la bandera, es un disparo al aire? No, es la expresión de que están angustiados por la situación del país y, en particular, de la administración de justicia; y cuando José Antonio Cova dice que la decisión de la Alta Comisión de Justicia podría ser en cierto modo una especie de tortura moral, porque podría herir moralmente al funcionario destituido, le pregunto: ¿no crees, José Antonio, que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia han sido afectados por la carta de ustedes, porque si el hecho de pedirles la renuncia no hace un planteamiento obligatorio, tiene consecuencias morales y políticas muy grandes? Vale la pena meditar sobre estas cuestiones. José Antonio, que es profesor de Derecho Constitucional, trae aquí la vieja cuestión de la inconstitucionalidad de la Constitución. Eso de decirle a uno, que está proponiendo una reforma de la Constitución, que no lo puede hacer porque hay artículos de la Constitución que no lo permiten es un absurdo. ¡Si en lo que se está es en eso: estamos reformando la Constitución! Pero, además de que no hay tal inconstitucionalidad, lo cierto es que tampoco se vulnera ningún principio fundamental. Sencillamente, hay artículos de la Constitución que se interpretan o modifican por la enmienda propuesta.
Yo quisiera recordar una cosa. Algunos nos han dicho ¿por qué los jueces simplemente van a estar sujetos a este control? ¿y los demás Poderes? Señores, la Constitución vigente establece que un Ministro del Despacho es destituido por el voto de las dos terceras partes de la Cámara de Diputados y ahí no se pauta un procedimiento: lo pueden oír o no, pueden actuar según lo establezca el Reglamento, pero la Constitución lo que pauta es que se debe destituir a un Ministro, que es el más alto funcionario de la Administración, y por el voto calificado de la Cámara. Y los gobernadores de Estado: según la Constitución, en un artículo que algunos dicen que debería haber perdido su vigencia, tienen que ser destituidos cuando la Asamblea Legislativa del Estado, con los votos de las dos terceras partes, acuerda la destitución; y la nueva Ley de elección y remoción de los gobernadores establece que el Senado, por las dos terceras partes, puede remover a un Gobernador de Estado.
Luego, no estamos creando una situación de desventaja para los funcionarios judiciales, al contrario, estamos asimilándolos con los Ministros, con los Gobernadores, con los Alcaldes, que son los más altos funcionarios del Poder Ejecutivo, a quienes no los destituye una Alta Comisión de Justicia sino la Cámara de Diputados, el Senado de la República o el Concejo Municipal, cuando se trata de los Alcaldes. Algunos dicen ¿por qué no se establece también para los miembros del Congreso? Este es el problema del mandato revocable. El Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) tradicionalmente ha sostenido la especie de la revocabilidad del mandato, entiendo que por decisión del partido político que postuló al congresante para su elección. Hemos siempre vacilado mucho ante esta potestad que se daría al partido correspondiente; y si se le da a la mesa Directiva de la Cámara la potestad de destituir a un congresante, a un Senador o a un Diputado, indudablemente que la situación puede ser mucho más grave; por eso hemos quedado en que la sanción que debe aplicarse, y que desgraciadamente con frecuencia no se aplica efectivamente para el Senador o Diputado que no cumple a cabalidad sus deberes, la tiene en sus manos el pueblo al quitarle el mandato en el momento de una nueva elección. Pero indudablemente que valen la pena los planteamientos jurídicos al respecto.
Aquí hay otras preguntas. Por ejemplo ¿Qué los jueces superiores pueden ser oídos? Claro que sí, que se dirijan a la Comisión, que está abierta. Mándenos a los jueces superiores que vayan a hablar, que con eso nuestro trabajo será mucho más efectivo. En cuanto a los concursos de oposición, se le añadió a la proposición original de la Alta Comisión de Justicia en el transcurso de la Ley, la potestad de ordenar que se repita un concurso de oposición. ¿Por qué? Porque hemos convenido establecer la norma de que todos los nombramientos de jueces y sus ascensos deben ser por concurso de oposición, pero sabemos que desgraciadamente ha habido (creo que en el actual período del Consejo de la Judicatura ha sido más limpio el procedimiento) un arreglo para los concursos de oposición. Cuando se iba a someter algunos jueces a concurso de oposición, ya se sabía cómo se iban a distribuir los cargos, porque había un arreglo convenido: vamos a poner aquí a «fulano» de tal partido y a «sutano» de otro partido. De ahí que queramos darle a alguien la potestad, cuando reclame una persona que ha ido a concurso, la de disponer que se repita este concurso de oposición y ese alguien no puede ser sino ésta, la Alta Comisión de Justicia, y cuando tenga la convicción de que en una circunscripción judicial las cosas marchan mal, pueda decirle al Consejo de la Judicatura que debe hacer una reorganización del Poder Judicial en la circunscripción respectiva.
La idea de la Alta Comisión de Justicia tampoco salió de la nada. En la República de Guatemala establecieron que la Corte Suprema de Justicia, que según creo tiene nueve miembros, se elige en la forma siguiente: cuatro por el Congreso, por las dos terceras partes de los votos y cinco elegidos de una lista presentada por lo que llaman ellos «Comisión de Postulación». Un distinguido asesor de nuestra Comisión Bicameral visitó recientemente a Guatemala y lo insté a que averiguara cómo funcionaba el sistema y encontró un ambiente muy favorable, porque las entidades que están en la Comisión de Postulación gozan de una gran respetabilidad, gozan de una gran confianza. Evidentemente el simple hecho de exigir que los Magistrados de la Corte Suprema sean electos por las dos terceras partes de los votos del Congreso es un progreso, y yo mismo lo he pedido anteriormente, pero basta que se pongan de acuerdo Acción Democrática y COPEI y ya tienen las dos terceras partes, y así han sido electos la mayoría de los Magistrados, salvo en algunas circunstancias que el Director de la Fracción de Acción Democrática dijo: nosotros tenemos mayoría absoluta y vamos a hacer lo conveniente, y nombraron entre otros a un Fiscal que es actualmente prófugo de la justicia. Efectivamente, basta que los dos principales partidos se pongan de acuerdo para tener los dos tercios.
Por lo demás, que sean gente honorable, profesores universitarios, jueces con larga trayectoria, autores de libros valiosos, todo ello es conveniente, pero aquí se trata de un problema que es un problema de confianza de la opinión pública en la administración de justicia. Los romanos decían que la mujer del César no solamente debía ser honesta sino que debía parecerlo; aquí no se trata solamente de que la administración de justicia puede estar en mejores manos de las que está hoy (que pueden ser y que son en general muchas manos de gente respetada y estimable y que yo no tengo empacho en repetir lo que otros han dicho a aquí al respecto), pero es urgente dar al país la convicción de que esos Magistrados no van a ser el resultado de una operación de laboratorio en que los cogollos partidistas se ponen de acuerdo para distribuirse los cargos.
Esto es lo que me parece más preocupante y por eso aspiro, desde luego la materia se está dejando para la Ley Orgánica, (dijo muy bien el Dr. Pedro Miguel Reyes que sería preferible que la Constitución de una vez resolviera quiénes van a integrar la Alta Comisión, pero como no hubo acuerdo en el seno de la Comisión Bicameral convenimos establecer simplemente una disposición general para que sea la Ley Orgánica la que determine concretamente quiénes van a integrarla) a que no sea un proceso de elección, sino un mecanismo automático que asegure la participación de la sociedad civil. Si se pusieran de acuerdo en este momento la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Democrática, la Fracción Parlamentaria del Partido Social Cristiano COPEI y la Fracción Parlamentaria del Movimiento al Socialismo MAS, que son los tres grupos políticos más numerosos e importantes del Congreso y eligieran para la Alta Comisión de Justicia o para la Corte Suprema los funcionarios más honorables del país, la gente todavía quedaría con la idea de que allí hubo una componenda y que hubo un acuerdo político en la elección.
Esta es la verdadera realidad. Por eso es que hay que buscar una fuente de donde vengan los nombres, para que esos nombres pasen por un tamiz distinto a las manos del Congreso. Una de las normas que establece nuestro proyecto de enmienda es que la Alta Comisión de Justicia recabará las informaciones de todos los órganos del Estado o personas naturales y jurídicas y todos están obligados a dar esa información.
Esta idea de la Alta Comisión de Justicia tiene cierta relación con la idea original que me llevó a proponer se incluyera en la Constitución el Consejo de la Judicatura. Yo pensaba en un Consejo de la Judicatura distinto, con un gran jurado que tuviera esta facultad de decir «culpable» o «inocente» de acuerdo con su conciencia y no decir aquí en un expediente cuál de estos documentos o de estas fechas o esta firma aquí es incorrecta, pero eso mismo no llevaría al país la convicción que estamos tratando de llevar ahora de buscar en la sociedad civil el origen y el más alto control de la administración de justicia.
Ahora, el Consejo de la Judicatura tiene que ser la primera fuente de información que le llegue a la Alta Comisión de Justicia para que pueda actuar. Yo he dado una buena parte de mi vida a la fundación y a la construcción y el desarrollo de un partido político, y me he considerado hasta donde se puede, dentro de las circunstancias, un jurista, amante del Derecho. He sido profesor de Derecho en las Universidades. Pues bien, me encuentro en este momento –como decía Pedro Pablo Aguilar-, en la circunstancia de pedir que se saque la administración de justicia del control exclusivo de los partidos y del control exclusivo del estamento jurídico, porque creo que ambos pueden incurrir en una serie de excesos y desviaciones.
Y para no abusar más de ustedes, que han dado un gran ejemplo aquí esta mañana maravillosa en que se ha dedicado bastante tiempo a debatir en torno a este problema, voy a terminar citando unas palabras de un proverbio inglés que, Elio Gómez Grillo, uno de mis discípulos más estimados y amigo de toda la vida, me trasmitió en estos días en que conversábamos sobre el problema de la administración de justicia. El proverbio inglés dice: «Un juez debe ser hombre probo, honesto, ecuánime, justo y equilibrado… y si sabe algo de Derecho no importa».