La Justicia Social Internacional
Discurso de Rafael Caldera en el Colegio de Abogados de Buenos Aires, Argentina, el 9 de febrero de 1973, durante su Gira Presidencial por América del Sur.
Porque soy un cultor fervoroso, aunque modesto, de las Ciencias Jurídicas; porque le he dado muchas de las energías de mi vida al ejercicio de la docencia, especialmente en la enseñanza universitaria; porque tengo la profunda convicción de que el Derecho, inspirado en principios eternos, renovado constantemente por las necesidades sociales, significa y representa el cauce insustituible para que las fuerzas sociales se pongan en verdad al servicio de los pueblos; porque creo en la libertad, en la dignidad del hombre y en la justicia; por eso aprecio en todo lo que vale este acto, uno de los más importantes que he cumplido y que pueda cumplir en mi visita, la primera de un Jefe de Estado de Venezuela en funciones, a esta noble nación argentina.
Mi experiencia universitaria
Como lo ha recordado mi distinguido amigo el doctor Martínez Vivot, mañana, precisamente, se cumplen 30 años de mi ingreso al personal docente de la Universidad Central de Venezuela. No fue fácil ni tranquilo ese ingreso, pero se cumplió a base de un profundo espíritu universitario; y la Universidad, dentro de controversias inspiradas en las distintas corrientes del pensamiento, como lo fue y como siempre lo debe ser, abierta y respetuosa para todas las expresiones del espíritu, inquieta ante los problemas nacionales y decidida a dar su aportación, no sólo en la formación de técnicos, sino en la preparación de hombres capaces de responder a los anhelos de sus comunidades; la Universidad – digo – me recibió y entré allí sin disfraz, con mi pensamiento lealmente dispuesto a expresarse dentro del más profundo respeto a las otras corrientes ideológicas, y dentro de la más firme convicción de que quien cree en la verdad no debe temer que la verdad sea objeto de discusión, porque la discusión destruye lo falso, pero le da mayor consistencia a lo auténtico.
Esta celebración de esos 30 años de servicios universitarios me conmueve profundamente. Los discursos pronunciados por el Dr. Alberto Lastra, en representación del Colegio de Abogados de Buenos Aires; del doctor Garbarini Islas, en representación de la Academia de Ciencias Morales y Políticas y del Museo Social Argentino – por cierto, de gran autoridad entre quienes hemos buscado los orígenes y la formación de la ciencia jurídica laboral en nuestro continente – y del doctor Martínez Vivot, Presidente de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo, integrada por viejos amigos y colegas, a los que admiro y cuya amistad me honra, constituyen el mejor homenaje que pudiera recibir la ambición humana, y el más noble estímulo que pudiera obtener un gobernante que no quiere limitarse a prevalecer dentro de los tradicionales zancadillas políticas, sino que quiere ejercer el gobierno como tarea de servicio, no sólo a su pueblo, sino a la causa de la hermandad de pueblos, cuya contribución, cuando sea realmente apreciada por la humanidad, será para fortalecer la paz, la armonía, la justicia y el entendimiento entre todos los hombres.
Un país dispuesto a servir
Recibo, pues, este diploma con profunda satisfacción y orgullo, con agradecimiento imborrable, y estoy seguro de que este homenaje producirá en mi país una honda complacencia y, por qué no decirlo, un cierto orgullo nacional. Hemos sido un país dispuesto a servir a sus hermanos del Continente, y cuando lo hicimos – como lo hizo, también en alto grado, la Argentina – ello nos dio gloria, nos dio prestancia, nos presentó con una fisonomía honrosa ante las naciones hermanas. Cuando perdimos ese rumbo, cuando nos agobió la preocupación de lo pequeño, cuando las controversias de ideas y de intereses se encerraron dentro de la polémica mezquina; cuando fuimos a la violencia para dirimir orientaciones que debieron decidirse en los campos más elevados de la razón y el estímulo; cuando nos encerramos y nos aislamos en nosotros mismos, perdimos la ruta, perdimos la noción de nuestra propia existencia, y la mención que en esos tiempos se hacía del nombre de los Libertadores, si no quemaba los labios de aquellos que los invocaban para menospreciar sus enseñanzas, sí quemaba el oído y el corazón de las nuevas generaciones, que no querían que aquel caudal ilustre se perdiera en la hipocresía, sino que se utilizara como fuerza capaz de mover los grandes recursos morales de nuestra gente.
Nuevo enfoque jurídico
No quiero esta tarde limitarme a expresar el testimonio de mi hondo agradecimiento, y atreverme a manifestar, también, el agradecimiento de mi país por la honra que en mi persona se le está haciendo en este acto, por tan ilustres representantes de la cultura jurídica argentina.
Quiero aprovechar esta oportunidad invalorable para exponer ante un auditorio tan calificado – como difícilmente podría encontrar otro en una circunstancia distinta – una idea que vengo sosteniendo desde antes de asumir el gobierno, expresada y reiterada luego desde la Presidencia de Venezuela, y que considero fundamental para un nuevo enfoque de la vida jurídica actual, que no es, sin embargo, más que la consecuencia de lo que se ha expuesto, afirmado y logrado en el siglo transcurrido para el ordenamiento jurídico de las naciones. Se trata de la idea de la justicia social internacional.
La mayor parte de los aquí presentes son profesores y tratadistas eminentes en el campo del Derecho Laboral. La cuestión social – como lo dijo uno de los distinguidos oradores que han hablado esta tarde – constituye tema fundamental de nuestra preocupación. Pero la experiencia nos ha demostrado, y nos plantea con mayor urgencia cada día, la verdad de que la cuestión social no se limita a ser un problema interno de cada pueblo; de que todos nuestros esfuerzos, todos los empeños de reforma, las leyes que hemos conquistado, los conceptos que se han afirmado, toda la nueva arquitectura de un Derecho Laboral encajado de una corriente amplia del Derecho Social, son insuficientes e incapaces de dar una respuesta definitiva a nuestro tiempo, si no logramos resolver la cuestión social en el plano internacional.
Porque si las diferencias de riqueza, de status social y de poder, llevaron al espíritu jurídico de los pueblos, y de los maestros, a buscar nuevas fórmulas que no se encontraban en la hermosa pero fría estructura del derecho civil napoleónico, lo cierto es que esas desigualdades son patentes en el plano internacional; y mientras ellas no se resuelvan con un nuevo espíritu y una nueva concepción, mientras no establezcamos las normas de que entre Estado y Estado no basta la justicia conmutativa, traída del individualismo, mientras no logremos hacer prevalecer la convicción de que los Estados más ricos, más poderosos o desarrollados no tienen por ello mayores derechos, sino mayores responsabilidades y obligaciones ante los pueblos menos ricos, menos poderosos o en vías de desarrollo, todas nuestras energías encontrarán un alto en el camino, todas nuestras iniciativas hallarán una insuficiencia en su realización, todos nuestros anhelos se estrellarán ante la circunstancia de que, mientras nos empeñamos en abolir la explotación de hombre a hombre o de grupo social a grupo social, prevalece, en una forma u otra, a pesar de los progresos del Derecho Internacional, la explotación de pueblo a pueblo, que hace imposible la realización plena de la justicia social.
Yo creo, señores profesores, que el Derecho Internacional con todo su progreso, todavía adolece de la impronta del Derecho Privado individualista. Trasladamos a los contratos entre Estados las viejas normas de la contratación entre individuo e individuo; aceptamos muchas veces la falta e injusta noción de que a los compromisos de quienes pueden enfrentarlos sin sacrificar por ello el beneficio de sus pueblos, deben equivaler compromisos iguales, que a veces constituyen cargas imposibles de sobrellevar para los otros Estados contratantes. Yo sé que dentro del Derecho Internacional que todavía prevalece en las negociaciones y acuerdos van penetrando algunas ideas nuevas, de que el derecho de contratar se condiciona a las modalidades del Derecho Público interno, de que las facultades de los mandatarios se suponen siempre sujetas a las formalidades establecidas por el ordenamiento constitucional y legal de los pueblos – quiénes son sus mandantes – y de que, a veces, algunas nociones se infiltran para recordar la presencia de la comunidad internacional, y de que a través de los organismos multilaterales, frente al sistema tradicional de relación jurídica entre las naciones, presuntas herejías se están mezclando, como se mezcla, por ejemplo, en el Derecho Internacional del Trabajo, la idea de la composición tripartita de la OIT y de la personería en cierto modo reconocida a otros entes que no son el Estado y que representan determinados intereses.
Sin embargo, si pensamos en la justicia social, en esa noción cuya teoría todavía se discute, pero cuya influencia nadie niega en la orientación de una nueva corriente jurídica; esa justicia social, que para unos es una cuarta especie de justicia frente a la vieja clasificación aristotélica, mientras que para otros no es sino la nueva forma que adoptan la justicia legal y la justicia distributiva; esa justicia social que algunos quieren hacer reposar sobre la existencia de grupos sociales, dentro de la comunidad nacional, y que otros pensamos que deriva más bien de una exigencia imperativa de la existencia misma de esa comunidad nacional, lo cierto es que ha producido en la vida jurídica de nuestro tiempo mayores novedades, mayor producción científica, mayores orientaciones, capaces de imprimir nuevos ideales a los jóvenes y a los gobernados, pero todavía no ha logrado el reconocimiento que le corresponde en la relación entre los pueblos.
Para una paz verdadera
Y la tesis que estoy sustentando, muy distinguidos colegas, es la de que para que haya paz verdadera y se logre el concurso solidario de todas las naciones hacia los fines esenciales de la existencia humana es necesario trasladar o, mejor dicho, proyectar ese concepto de justicia social – ya aceptado dentro del ordenamiento jurídico interno de cada Estado – al plano de las relaciones internacionales, y decir que existe una comunidad internacional que no es creación artificial o arbitraria de determinados acuerdos celebrados entre determinadas potencias, sino una imposición de la realidad, de la misma existencia del hombre y del mundo, y que esa comunidad internacional reclama, por un imperativo de justicia, que cada uno de sus integrantes reconozca las obligaciones y deberes que permitan a todos cumplir sus funciones propias; y así como se habla hoy, con razón y derecho, y en tantas formas, de la marginalidad social dentro de cada país, para decir que ella no es aceptable, tenemos que llegar a un concepto que excluya toda forma de marginalidad de algunos pueblos, marginalidad acentuada o relativa que hace se escuchen con escepticismo las afirmaciones elocuentes de los grandes documentos que suscriben las grandes potencias.
La Justicia Social, en el plano interno, rompió el mito de una igualdad aparente de poder, de hombre a hombre. Si el obrero es hipo-suficiente frente al patrono, si el inquilino es hipo-suficiente frente al arrendador, si el deudor también lo es frente al acreedor, si los que se encuentran en situación precaria son débiles jurídicos que requieren la presencia del Derecho para restablecer el equilibrio, tenemos que reconocer que, a pesar de la igualdad jurídica de todos los Estados, en materia de poder y de realidad de los hechos, un pueblo que tiene menos fuerza o menos riqueza se encuentra abandonado ante las aspiraciones del más fuerte, si el ordenamiento jurídico no entra a transformar las situaciones y a imponer conceptos distintos.
Y así como en la corriente del Derecho Social, el fenómeno sindical ofreció la solución de la unión de los débiles, para compensar la prepotencia de los fuertes, está siendo cada vez más patente que, en el plano internacional, es la unión de los pueblos pequeños la única capaz de restablecer el equilibrio, para hablar de quien a quien frente a los pueblos más desarrollados y para hacer que reine, en una nueva situación de equilibrio, un ordenamiento jurídico que realmente corresponda a la justicia.
Operante vinculación
Por eso, cuando predicamos y practicamos la idea de la unidad de los pueblos de América Latina, no estamos acuñando palabras ni consignas románticas. Queremos expresar allí una profunda convicción filosófica y jurídica. Si nos mantenemos desunidos, si dejamos que se juegue a nuestras diferencias; si nos prestamos a que intereses ajenos a nosotros especulen con la diversidad de concepciones ideológicas, de sistemas políticos o de organizaciones gubernativas que actualmente existen entre nuestros pueblos; si nos prestamos a alimentar posibles controversias, haremos el juego a esos intereses poderosos; porque, frente a ellos, lo único capaz de lograr que las cosas marchen como deben marchar, es nuestra estrecha y operante vinculación.
Yo creo, honorables colegas, que estas ideas que podríamos desarrollar en forma extensa, deberían ser objeto de meditación, de análisis, de divulgación y de enseñanza por parte de quienes sienten el Derecho, no como una ocupación meramente técnica o profesional, sino como el instrumento predilecto de la felicidad de las naciones. Y podemos pensar que, en medio de todo, aun cuando a veces notamos la resistencia, derivada de la sorpresa, por parte de los auditorios que nos escuchan en países muy desarrollados y frente a los cuales – a sus congresos, a sus ejecutivos, a sus representaciones universitarias o sus sectores directivos – hemos tenido en alguna ocasión la oportunidad de expresarla, esta idea está comenzando a recibir consideración y aceptación en documentos de verdadero valor universal.
Obligación de los poderosos
Me refiero a recientes documentos pontificios, en los cuales, a partir de las encíclicas Mater et Magistra y Pacem in Terris, del lamentado Papa Juan XXIII, aparece, bastante claramente, aunque todavía no de manera total, coherente y sistemática, la idea de la Justicia Social Internacional.
Podría referirme también a los acuerdos de Punta del Este; y en el naufragio de la Alianza para el Progreso, creo sería interesante salvar, más que los programas de ayuda financiera – que al fin y al cabo seguirán, en medida mayor o menor, de acuerdo con las circunstancias de la política internacional – ciertas declaraciones de principios, entre las cuales, para mí, la más importante es el reconocimiento tácito – y quizás no solamente tácito – que allí se envuelve, de que los países más desarrollados tienen la obligación de contribuir a que los países en vías de desarrollo logren sus propios objetivos, respetando el derecho de iniciativa y de decisión que cada uno de estos países impuso, no como filantropía, no como dádiva, más o menos generosa y a veces circunstancial y caprichosa, de los grandes poderes, sino como un deber impuesto por la propia naturaleza de las cosas y exigido por la necesidad urgente de la paz. Yo creo que en esos acuerdos de Punta del Este, analizando bien lo profundo de su contenido, podríamos encontrar un reconocimiento, o una admisión implícita, del principio de la Justicia Social Internacional.
Por lo demás, en las declaraciones bilaterales que hemos celebrado en nuestros contactos con naciones hermanas, la idea ha ido siendo recibida y nos honra profundamente que gobiernos de países muy cultos y de gobiernos que tienen clara conciencia de sus obligaciones y de sus deberes hayan ido aceptando – más que aceptando, respaldando con entusiasmo – la mención de justicia social, no sólo interna, sino internacional, como una aspiración común y solidaria que, al mismo tiempo que nos vincula, nos abre nuevos horizontes para aparecer adecuadamente en la organización mundial.
Esta idea de la Justicia Social Internacional tendrá resistencias para ser admitida. Los ricos no aceptaron con facilidad la tesis de la Justicia Social en el Derecho Interno. Los empresarios no fueron en el primer momento receptivos con las corrientes del Derecho Social, plasmadas en el Derecho Laboral. Hubo luchas que librar y dificultades que vencer. Lo que debemos tratar es que esas luchas se realicen en un plano incruento, a un nivel elevado. Pero debemos conseguir – y para ello no bastará con pensarlo y desearlo, sino que tenemos que mover toda una estrategia – que aquellos que se sienten más cómodos con las viejas ideas de la relación conmutativa entre los Estados acepten, como tendrán que aceptar – y como algunas veces se ha mencionado, también con aplausos, en reuniones multilaterales –, esta tesis de la Justicia Social Internacional.
No quiero abusar más del tiempo de ustedes. Aspiro a que con los breves párrafos que he dicho sobre este tema, haya dejado una inquietud y, hasta donde sea posible, una clara concepción de este asunto.
Yo quiero invitar a los laboralistas argentinos, pléyade ilustre de catedráticos y expositores, cuyas obras y cuya acción son miradas con admiración y con respeto en todos los países hermanos, a que exploren esta apasionante realidad. Y si lo hacen, creo que es posible lleguen con nosotros a la conclusión, no sólo de que no hay por qué circunscribir el campo de la Justicia Social a las relaciones entre individuos entre grupos de cada comunidad nacional, sino que debe extenderse a las relaciones entre pueblo y pueblo; pero también de que quizás una explicación de no haber logrado todo el éxito que después de un siglo deberíamos haber tenido en países en los cuales se ha elaborado un avanzado Derecho Laboral, se debe probablemente a esta circunstancia.
Desarrollo sin injusticias
Alguna vez, discutiendo estos temas en una reunión de intelectuales en Estados Unidos, afloró por alguna parte la pregunta de que por qué nosotros no hacíamos lo que ellos hicieron para lograr su portentoso desarrollo; y hemos sido unos cuantos los latinoamericanos que hemos respondido que no sólo podemos, sino que no queremos usar los mismos caminos, y le damos gracias a Dios el no hacerlo. Porque hay que reconocer que el gran desarrollo industrial de las principales potencias del mundo se logró a base de injusticias, de jornadas de trabajo increíbles, en las cuales se consideró como un progreso el que en una ley se limitara a doce horas diarias el trabajo de niños y menores de doce años, a base de una explotación de pueblos coloniales, de los cuales se recibió una mano de obra esclava que jamás obtuvo, por su contribución al progreso de la humanidad, ni siquiera lo indispensable para una vida no digamos humana, sino animalmente aceptable; porque hubo injusticias y opresiones e insensibilidades, de cuya historia están llenos los libros escritos en esos mismos países.
No queremos erigirnos en jueces, pero tampoco queremos que el desarrollo de América Latina se cumpla a base del desconocimiento de los derechos de los trabajadores y de su creciente bienestar, y mucho menos aspiramos a que nuestro bienestar y nuestro progreso sea logrado a base de injusticias cometidas con otros pueblos, aún más infelices.
Honorables Colegas:
He hablado quizás como un hombre que ha dedicado la mayor parte de su vida al Derecho Social, concretamente al Derecho Laboral. Pero quisiera decir en este momento, que no es solamente como laboralista como estoy afirmando aquí estas cosas. Lo quiero hacer también como hombre de gobierno, con plena conciencia de la responsabilidad que me incumbe, con apasionado interés por lograr el desarrollo en la justicia y el bienestar y la paz para mi pueblo, para todos los pueblos hermanos de América Latina y del mundo. Que estoy hablando con la convicción de que tenemos el deber de ser claros, que no debemos dejar perder nuestras ideas en la enmarañada, aunque elegante confusión de las tradicionales cortesías diplomáticas.
Las cosas son como son
En este viaje he hablado con los Jefes de Estado en forma directa; he tratado de llegar también hasta los pueblos, respetando profundamente la soberanía y autodeterminación de cada uno; manteniendo cuidadosamente el propósito de no inmiscuirme en las situaciones internas, pero llevando hasta donde yo pueda esa preocupación a los hombres que integran las respectivas nacionalidades, porque, al fin y al cabo, si creemos en la democracia debemos saber que son los pueblos, cuando adquieren conciencia de los ideales, los que verdaderamente tienen la capacidad de realizarlos. Creo que en esta hora singular de la humanidad, en esta hora extraordinaria de América Latina, tenemos que asumir la responsabilidad de decir las cosas como son, y si ellas no agradan a algunos, lo sentimos mucho; no nos mueve animadversión contra nadie, no seremos capaces de lanzar una sola palabra que pueda alimentar el odio contra cualquier colectividad; estamos simplemente defendiendo lo nuestro, y lo nuestro son los atributos que a nuestra gente, como a todos los hombres, corresponde por los títulos irrenunciables de la especie humana.
Muchas gracias por esta recepción incomparable. Quizás siento en el fondo de mi espíritu que mi visita a la Argentina, llena de tantas satisfacciones no habría estado completa si no hubiera podido, en una etapa como ésta, encontrarme con ustedes. Hago votos desde el fondo de mi corazón por la felicidad y el progreso de la nación argentina, cuyos esfuerzos por encontrar los mejores caminos seguimos con interés, admiramos profundamente y creemos que han de prevalecer, porque con ello no solamente es esta gran República la que saldrá ganando, sino que saldrá ganando también toda la gran nación latinoamericana.
Muchas gracias, honorables colegas. Recibo estas distinciones y la cálida presencia de ustedes como uno de los más nobles acicates para servir, en la medida de mis fuerzas, a la causa de la justicia, de la libertad, de la paz y del desarrollo en todos los pueblos latinoamericanos.