historia de un proyecto

Recorte de El Universal del 27 de junio de 1990, donde aparece publicado este artículo de Rafael Caldera.

Historia de un proyecto

Artículo para ALA, tomado de su publicación en El Universal, el 27 de junio de 1990.

 

Del 2 de julio de 1985 al 2 de julio de 1990 han transcurrido cinco años desde la presentación ante el Senado del Anteproyecto de Ley Orgánica del Trabajo, que está ya en su fase final para convertirse en texto legal de la República. Ha sido quizás el proceso legislativo más largo y continuo en Venezuela y a la vez el que ha ofrecido mayor acceso a todos los sectores para manifestar sus opiniones y defender sus intereses.

Puede considerarse lógico que ello suceda, porque el trabajo es una actividad que incumbe a todos en cualquier país y porque una ley laboral no sólo tiene contenido social, sino contenido económico e institucional. Pero ni la Constitución ni la Ley de Reforma Agraria ni el Código Civil han consumido tantas horas de trabajo, por lo menos en las etapas de revisión de los últimos años.

Vale la pena recordar que la ley actual tiene 54 años de vigencia. En la Exposición de Motivos del Proyecto presentado por la Oficina Nacional del Trabajo se la calificaba como provisional, y hasta se anunciaba que se que se prepararía para el año siguiente un Código del Trabajo. «La formación de un Código del Trabajo –decía dicha exposición más o menos completo y meditado, se dejó para presentarla a la consideración de las Cámaras Legislativas Nacionales en sus sesiones ordinarias de 1937, a fin de poder contemplar con menos precipitación las verdaderas necesidades del trabajador venezolano, y la adecuación y oportunidad de las medidas por establecerse».

Lo cierto es que la velocidad con que se trabajó, vista a la distancia, causa asombro. Pero era que el país había estado contenido por un puño de hierro durante 27 años (podríamos decir 35 años, contando los 8 antecedentes): las inquietudes y aspiraciones reprimidas pugnaban por hacer eclosión y era necesario encauzarlas. El 29 de febrero de 1936 fue creada la Oficina Nacional del Trabajo; el 28 de abril la Oficina envió al Ministro de Relaciones Interiores, Diógenes Escalante, el Proyecto; el mismo día el ministro lo presentó al Senado; se hizo un intenso análisis en la Cámara Alta y se le incorporaron muchas disposiciones de otro proyecto, presentado por el senador Ibrahim García; se le sometió en la Cámara de Diputados a un riguroso estudio y a no pocas modificaciones, y el 16 de julio le puso el ejecútese el presidente Eleazar López Contreras; quedó promulgada la Ley y fue publicada en la Gaceta Oficial para su inmediata vigencia. En una frase gráfica, el diputado Manuel Felipe Núñez dijo, en sesión del 13 de julio: «Que salga la ley como está, sin elegantia juris, pero que salga la ley. Porque eso es lo que quiere la Nación entera, que salga la ley».

Desde el año siguiente comenzaron a proponerse reformas, unas parciales y otras integrales. El año 1938 el ministro Luis Gerónimo Pietri presentó un Proyecto de Código del Trabajo elaborado por una comisión que presidía el doctor Tito Gutiérrez Alfaro, eminente jurista, compuesto de 951 artículos. Quien era para entonces un joven funcionario de servicio de Asesoría Jurídica de la OIT, C. Wilfred Jenks, que después llegó a ser director general de la oficina en Ginebra, varias veces reelecto, prestó valiosa asesoría, pero aquél código no se aprobó. La primera reforma parcial de la ley se hizo en 1944, para regir en 1945, por iniciativa del ministro del Trabajo del gobierno del general Isaías Medina, Julio Diez. Después se le siguieron haciendo reformas parciales, entre ellas la de la Asamblea Nacional Constituyente en 1947, siendo ministro del Trabajo Raúl Leoni, y las del primer gobierno de Carlos Andrés Pérez, en 1974. Se adoptaron también varias leyes especiales, y se dictó un nuevo Reglamento de la Ley del Trabajo al final de mi Administración, el 31 de diciembre de 1973.

Pero ya se sentía la necesidad de sustituir la ley vigente por una nueva, en vez de seguirle poniendo parches que frecuentemente no armonizaban con el texto central. Hay que tomar en cuenta que Venezuela ha sufrido en este medio siglo la más impresionante transformación, hasta el punto de poderse decir que es un país distinto del país que existía en 1936.

En 1977, el primer Congreso Venezolano de Derecho Social se pronunció por la adopción de un texto legal completo, nuevo, que recogiera la experiencia de medio siglo, adoptara o corrigiera lo que la doctrina y la jurisprudencia habían venido estableciendo a lo largo de ese tiempo, y se orientara en dirección a las grandes transformaciones que en la actualidad marcan un rumbo al porvenir; manteniendo, eso sí, las conquistas obtenidas por los trabajadores, las cuales deben considerarse irreversibles. El congreso científico referido conoció de un borrador casi completo, preparado por un pequeño grupo de abogados vinculados con el Derecho Laboral, en el cual tuve el gusto de prestar decidida cooperación.

De allí salió el anteproyecto que presenté al Senado en 1985. Lo califiqué de papel de trabajo, para que se le pudiera quitar y poner, cortar y coser. Y, en efecto, la Comisión Bicameral encargada de estudiarlo, que lo adoptó como base de sus labores, le hizo numerosas modificaciones, hasta el punto que sería difícil que alguno de los concurrentes a las discusiones realizadas durante tres años pudiera afirmar que ninguna de las disposiciones tiene nada de él.

Las sesiones de la Comisión Bicameral –que tuve el honor de presidir fueron abiertas. Los medios de comunicación informaron frecuentemente acerca de sus actividades. Se realizó una amplia consulta: al ministro del Trabajo, al Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores, al directorio de la Federación de Cámaras de Comercio y Producción (Fedecámaras), a las directivas de las otras centrales sindicales y de los otros organismos empresariales, al directorio del Instituto Venezolano de Derecho Social, a los jueces del Trabajo, a los profesores universitarios. A propósito de éstos, las principales universidades del país realizaron foros e hicieron publicaciones sobre diversos aspectos del proyecto: la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, por ejemplo, publicó en 1986 un número especial de su revista (el No. 65) con 24 trabajos, de sendos profesores, contentivos de numerosas observaciones, muchas de las cuales fueron incorporadas al proyecto.

Los organismos consultados, comenzando por el Ministerio del Trabajo, fueron invitados a enviar observadores a las reuniones de la comisión, y se les garantizó a los observadores derecho de palabra en las mismas. En realidad, hicieron uso frecuente de este derecho, hasta el punto de que la versión taquigráfica de las reuniones demuestra que los observadores hablaron más que los propios senadores y diputados miembros de la Comisión Bicameral.

Siempre estaba allí, entre otros, un abogado integrante de la Consultoría Jurídica del Ministerio del Trabajo. Asidua fue la concurrencia de los asesores de la CTV y de otras centrales sindicales. Los organismos empresariales designaron sus observadores, quienes fueron todas las veces que quisieron a nuestras reuniones y hablaron cada vez que solicitaron uso de palabra. Algunos títulos o capítulos del proyecto fueron analizados y discutidos varias veces, en el seno de la comisión o en reuniones fuera de ella, con organismos interesados; las diferentes organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, gubernamentales y no gubernamentales, intercambiaron reiteradamente puntos de vista con la comisión; así también, representantes de diversas asociaciones u organismos, empresariales o sindicales, de sectores que mostraron mayor interés en la materia. Que no se haya podido adoptar siempre necesariamente sus opiniones, es otra cosa. En casos discrepantes prevaleció el criterio de la mayoría.

A lo largo de estos cinco años se han celebrado numerosos foros, en lugares donde se ha manifestado el deseo de considerar los temas de la nueva Ley: Cámaras de Comercio e Industria, Federaciones de Trabajadores, Asociaciones de Ejecutivos, Colegios de Abogados, departamentos jurídicos y facultades universitarias, etc. Se han editado muchos millares de ejemplares de las distintas redacciones del proyecto, el cual fue presentado en forma definitiva al Congreso, en sesión conjunta de las cámaras, el 11 de agosto de 1988. El proyecto se tramitó durante un año en la Cámara de Diputados, y la Comisión Especial que se designó para la segunda discusión, presidida por el hoy presidente de la Cámara, Luis Enrique Oberto, celebró intensos diálogos con representantes del sector patronal y del sector laboral. Luego pasó siete meses en el Senado, donde lo estudió una Comisión Especial cuya presidencia me fue confiada, y debo decir que dicha comisión, y yo personalmente, tuvimos también más de una conversación con quienes lo solicitaron.

El proyecto fue aprobado por el Senado en forma unánime. También había habido unanimidad («nemine discrepante») en Diputados. Ahora, de acuerdo con la Constitución, sólo falta que la Cámara Baja acepte o rechace las modificaciones del Senado, que aparentemente son muchas pero que en su inmensa mayoría son solamente leves modificaciones de forma para corregir el estilo o para precisar el concepto. Una comisión, presidida por Juan Nepomuceno Garrido, uno de los principales colaboradores en todo el curso del proyecto, deberá informar sobre ellos a la Cámara, para que ésta decida. En cuanto a las modificaciones que pueden considerarse de fondo, estoy en capacidad de asegurar que las movió el propósito de darle mayor perfección al texto, hasta donde se pueda, y de servir con recta intención a la justicia. Las que sean rechazadas, seguramente lo serán con el propósito, no de mantener la redacción anterior, sino de abrir la posibilidad de que las cámaras acuerden una nueva redacción, como más conveniente, en la sesión conjunta que celebrarán como acto final del proceso.

No es perfecto, sin duda, el proyecto: ninguna obra humana lo es. En algunos aspectos habríamos aspirado a más, pero nos hemos guiado por el propósito de alcanzar lo posible, pero dentro de la realidad nacional. Sabemos que Venezuela está atravesando una seria crisis, y ello mismo nos obliga a proteger al trabajador, para que no sea él quien soporte las más duras consecuencias de la situación. La existencia de un creciente desempleo pone al trabajador y al que aspira a serlo en condición de grave inferioridad y los incita a aceptar las condiciones que se les impongan, por duras que sean, con tal de encontrar trabajo. Por ello mismo, los motivos y razones que dieron nacimiento al Derecho Laboral en la época en que andaba desenfrenado el capitalismo liberal, están hoy más vigentes que antes.

El Congreso venezolano, sin distinción de partidos y de corrientes, lo ha comprendido así. Por ello le ha dado respaldo unánime al proyecto. El país sabe que con la nueva Ley Orgánica del Trabajo nadie podrá sinceramente considerarse víctima de perjuicios injustos. Y ese factor fundamental de la producción y del progreso, que es el trabajador, se sentirá estimulado para sacar adelante a Venezuela.